-2021 DTS 020 IN RE:
CONTRERAS MORENO, 2021TSPR020 Reinstalación al ejercicio de la abogacía.
-2021
DTS 019 IN RE: COLON RIVERA, 2021TSPR019 Conducta Profesional- Suspensión
inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía
porque ha incumplido con los requisitos del Programa
de Educación Jurídica Continua (PEJC) y con nuestras órdenes.
-2021
DTS 018 IN RE: ROSA RIVERA, 2021TSPR018 Conducta Profesional- e suspende
inmediata e indefinidamente del ejercicio de la abogacía porque hizo caso
omiso, en reiteradas ocasiones, a las oportunidades que le concedió el
inspector de protocolos y la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) para
subsanar las deficiencias que impiden la aprobación de su obra protocolar
para el año natural de 2016 y presentar los Índices de Actividad Notarial
Mensual adeudados.
-2021
DTS 017 PAGAN RODRIGUEZ V. RIVERA SCHATZ Y MENDEZ, 2021TSPR017 Derecho Procesal Civil- Reglas 39.1 y 9.1 -El
desistimiento voluntario al amparo de la Regla 39.1 (a)(1) de Procedimiento
Civil, 32 LPRA Ap. V, no impide que se imponga una sanción, si se logra
probar que la parte que desiste incumplió con la Regla 9.1 de Procedimiento
Civil, 32 LPRA Ap. V.
-2021
DTS 016 CRUZ PEREZ V. ROLDAN RODRIGUEZ Y OTROS, 2021TSPR016 Obligaciones y Contratos: Pacto de honorarios
contingentes; quantum meruit.- Cuando hay un pacto de honorarios
contingentes y el cliente muere sin que se haya dado la contingencia, y el
abogado queda imposibilitado de continuar con su gestión, ya sea por
conflicto de intereses u otras causas, procede que se le pague un importe
razonable por las gestiones evidenciadas que haya realizado hasta la fecha
en que su representación culminó.
-2021
DTS 015 IN RE: MALAVE HADDOCK, 2021TSPR015 Conducta Profesional- Se suspende del ejercicio notarial a un miembro de la
profesión legal debido a su incumplimiento craso con la Ley Notarial de
Puerto Rico (Ley Notarial), 4 LPRA sec. 2001 et seq. y por su
desatención a los requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías
(ODIN).
-2021 DTS 014 JUNTA DE
RESIDENTES V. LORA MERCEDES Y OTROS, 2021TSPR014 Control
de Acceso, Ley Núm. 21 de 1987- La Ley Núm. 21 de 20 de mayo de 1987, según
enmendada, conocida como la Ley de Control de Tráfico de Vehículos de
Motor y Uso Público de Ciertas Calles (Ley de Control de Acceso) 23 LPRA
sec. 64 et seq.: Un propietario -por si solo o en representación de una
vivienda- que de una autorización para controlar el acceso o los accesos de
su urbanización, calle o comunidad, en las circunstancias que dispone la
Sec. 3 de la Ley de Control de Acceso, supra, queda automáticamente
obligado al pago de cuota para el mantenimiento del sistema de control de
acceso. No hay requisitos de forma adicionales a los dispuestos por la Sec.
3 de este estatuto.
-2021 DTS 013 IN
RE: NORAT DAVID, 2021TSPR013 Reactivación
al ejercicio de la abogacía.
-2021
DTS 012 SANTIAGO ORTIZ V. REAL LEGACY, 2021TSPR012 Derecho Laboral- Mesada y discrimen -En
una demanda que acumule reclamaciones por la Ley
Núm. 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada, conocida como Ley
de indemnización por despido sin justa causa,
29 LPRA sec. 185a et seq. y al amparo de la Ley Núm. 100 de 30 de
junio de 1959, según enmendada, conocida como la Ley contra el discrimen
de empleo, 29 LPRA sec. 146 et seq. (Ley 100) se descontará la indemnización por mesada recibida o adjudicada luego de la
imposición de la doble penalidad que dispone el Art.
1(a)(1) de la Ley 100, supra.
-2021 DTS 011
UNIVERSIDAD DE P.R. V. UNION BONAFIDE DE OFICIALES, 2021TSPR011 Derecho Laboral e interpretación estatutaria- Cuando
el lenguaje de la ley es sencillo y absoluto no debemos menospreciarlo e
intentar proveer algo que el legislador no aprobó. La Universidad de Puerto
Rico es una corporación pública comprendida en la definición de
instrumentalidad corporativa del Art. 2(11) de la Ley de Relaciones del
Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 130 de 8 de mayo de 1945, según
enmendada, 29 LPRA sec. 31 et seq. Ello significa que la universidad
es un patrono bajo los términos del Art. 2(2) de este estatuto.
-2021
DTS 010 IN RE: POLANCO DIAZ, 2021TSPR010
Readmisión al ejercicio de la abogacía.
-2021 DTS 009 IN RE: SANCHEZ
REYES, 2021TSPR009 Reinstalación al ejercicio de la abogacía.
-2021
DTS 008 IN RE: BERMUDEZ TEJERO, 2021TSPR008 Conducta
Profesional- Se suspende inmediata e indefinidamente del
ejercicio de la abogacía y la notaría por su incumplimiento con las órdenes
y requerimientos de este Tribunal.
-2021 DTS 007 NEW HAMPSHIRE
INSURANCE V. GARCIA PASSALACQUA, 2021TSPR007 Derecho de Obligaciones y Contratos: Contrato de fianza, Derecho
de subrogación, Prelación de créditos.- El Departamento de Hacienda NO tiene derecho a un crédito preferente
conforme a las disposiciones relativas a la prelación de créditos
dispuestas en nuestro Código Civil, infra, sobre cierto dinero
consignado en el Tribunal de Primera Instancia. Lo anterior, en el contexto
de un pleito -- del cual dicha dependencia gubernamental inicialmente no
formaba parte -- instado en contra de un alegado deudor contributivo de ésta.
-2021
DTS 006 PUEBLO V. ORTIZ COLON, 2021TSPR006 Derecho Penal- Juicio por Derecho- Juicio por jurado unánime.
Resumen: Resolución del Tribunal NO HA LUGAR con Voto Particular Disidente.
-2021 DTS 005 IN RE: CHEVERE
MOURIÑO, 2021TSPR005
Reinstalación al ejercicio de la abogacía.
-2021
DTS 04 IN RE: GONZALEZ LABOY, 2021TSPR04 Reinstalación
al ejercicio de la abogacía.
-2021
DTS 03 RODRIGUEZ RAMOS V. COMISION ESTATAL DE ELECCIONES, 2021TSPR03 Derecho electoral- En los votos por nominación directa
prevalecerá la intención del elector respecto al nombre del nominado sobre
la lectura que registre la máquina de escrutinio electrónico. Corresponde adjudicar
las papeletas que no incluyeron el nombre completo del Sr. Edgardo Cruz Vélez
(señor Cruz Vélez) para el cargo de alcalde, según contempla la ley
electoral para el voto por nominación directa.
-2021
DTS 02 IN RE: LUGO QUIÑONES,
2021TSPR02 Conducta Profesional- Se Suspende del ejercicio
de la abogacía y la notaría por su infracción a los Cánones 9, 12, 18,
19, 35 y 38 de Ética Profesional. Este incumplió las órdenes del Tribunal
de Primera Instancia y al no presentar el memorando con los argumentos en
derecho solicitado por el Tribunal de Primera Instancia, para la correcta
disposición del pleito ante su consideración. Además, por mentirle a su
cliente-querellante que había sometido al tribunal el memorando de derecho.
-2021
DTS 01 IN RE: DESIGNACION DE LA DIRECTORA COMISION DE EVALUACION JUDICIAL,
2021TSPR01 Designaciones.
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