2022 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico 2022

 2022 DTS 129 TORRES RODRIGUEZ V. NOTICENTRO DE PUERTO RICO Y OTROS, 2022TSPR129

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

 

Ildefonso Torres Rodríguez, Nydia I. Santana Segarra

Recurridos

v.

Noticentro de Puerto Rico; Televicentro of Puerto Rico, LLC; WAPA Televisión, representada por el Sr. Javier Maynulet Montilla, su Compañía Aseguradora AIG Specialty Insurance Company, Yesenia Torres Figueroa, Alex Delgado y su esposa Julissa De La Cruz Cabrera y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos, Corporación X y Richard Roe

Peticionarios

 

Certiorari

2022 TSPR 129

210 DPR ___, (2022)

210 D.P.R. ___, (2022)

Número del Caso:  CC-2022-20

Fecha: 31 de octubre de 2022

 

Tribunal de Apelaciones: Panel IX

                       

Abogados de la parte peticionaria:

Lcdo. Thomas J. Trebilcock-Horan

Lcdo. José E. Colón Rodríguez

 

Abogados de la parte recurrida:

Lcdo. Francisco Sánchez Rodríguez

Lcdo. Pablo Colón Santiago

 

Abogados de los Amicus Curiae:

Lcdo. Manuel A. Pietrantoni

Lcda. Melanie Pérez Rivera

Lcdo. Roberto A. Cámara Fuertes

Lcda. Judith Berkan

Lcdo. Luis José Torres Asencio

Lcdo. Steven P. Lausell Recurt

Lcdo. Carlos F. Ramos Hernández

 

Materia: Derecho Probatorio- Evidencia- Admisibilidad de la Identidad de la fuente periodística.

Resumen: Sentencia revocando al TA. De conformidad con el estado de derecho, se resuelve que le corresponde al foro primario determinar si, en efecto, la identidad de la fuente periodística es pertinente para evaluar si la información divulgada respecto al licenciado Torres Rodríguez es de naturaleza difamatoria. Incluye Opiniones de Conformidad.

 

ADVERTENCIA

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SENTENCIA

 

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2022.

Atendido el recurso de Certiorari presentado por la parte peticionaria, se revoca la Sentencia emitida por el Tribunal de Apelaciones. De conformidad con nuestro estado de derecho, resolvemos que le corresponde al foro primario determinar si, en efecto, la identidad de la fuente periodística es pertinente para evaluar si la información divulgada respecto al licenciado Torres Rodríguez es de naturaleza difamatoria.

 

De entender que la información es pertinente a la causa de acción, el foro primario deberá establecer si se configuran los requisitos de algún privilegio.

 

Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Rivera García emitió una Opinión de Conformidad a la cual se le unen el Juez Asociado señor Martínez Torres y la Jueza Asociada señora Pabón Charneco. El Juez Asociado señor Colón Pérez emitió una Opinión de Conformidad a la cual se le une el Juez Asociado señor Estrella Martínez. El Juez Asociado señor Kolthoff Caraballo no interviene. El Juez Asociado señor Feliberti Cintrón está inhibido.

 

Javier O. Sepúlveda Rodríguez         

Secretario del Tribunal Supremo

 

-Véase las siguientes Opiniones:

-Opinión de Conformidad emitida por el Juez Asociado señor Rivera García a la cual se le unen el Juez Asociado señor Martínez Torres y la Jueza Asociada señora Pabón Charneco.

-Opinión de Conformidad emitida por el Juez Asociado señor COLÓN PÉREZ a la cual se une el Juez Asociado señor ESTRELLA MARTÍNEZ.

 

 

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