Revista Jurídica de LexJuris de Puerto Rico

Volumen 16 Noviembre 2010 Núm. 1


Resumenes y Jurisprudencial de Derecho penal del 2010


-2010 DTS 203 PUEBLO V. HERNANDEZ VILLANUEVA 2010TSPR203 Resumen Derecho Penal, Desvió. El principio de especialidad estatuido en el Art. 12 del Código Penal de 2004, no prohíbe el que un tribunal de instancia pueda conceder una libertad a prueba según la ley de Sentencia Suspendida y Libertad a Prueba, en lugar del desvío que provee el Art. 404(b) de la Ley de Sustancias Controladas.

 

-2010 DTS 091 PUEBLO V.  DE JESUS CARRILLO 2010TSPR091 Resumen Derecho Penal, Fianza, Art. 401 SC, Art. 252 CP, Art. 284 CP. Se resuelve que el error en la identidad del acusado es uno de carácter esencial o sustancial en la formación del Contrato de Fianza. No obstante, el error sufrido en el caso de autos no es uno excusable.  La fiadora no demostró ni un mínimo de diligencia al momento de su formación. 

 

-2010 DTS 082 EX PARTE: PONCE AYALA 2010TSPR082 Derecho Penal, Habeas Corpus, Derecho Constitucional. El periodo máximo de seis meses de detención preventiva dispuesto en la Sección 11 del Artículo II de la Constitución de Puerto Rico comienza a transcurrir cuando un imputado es ingresado a una institución carcelaria.

 

-2010 DTS 078 PUEBLO V. LUGO FABRE 2010TSPR078 Resumen Derecho Penal, Principio de legalidad, Art. 105(d) del Código Penal de 1974, Actos lascivos. Un acto lascivo o impúdico es aquel que tiende a despertar, excitar o satisfacer la impudicia, la pasión o los deseos sexuales del sujeto activo. El Ministerio Público falló en probar un elemento esencial del delito imputado, esto es, que el Sr. Lugo Fabre cometió el delito de actos lascivos mediante el uso de medios engañosos que hayan viciado el consentimiento de N.S.P. al acto. Revoca al TA y TPI.

 

-2010 DTS 073 EX PARTE PONCE AYALA 2010TSPR073 Resumen Derecho Penal, Constitucional, Habeas Corpus. La detención previa a la determinación de causa probable para arresto del señor Ponce Ayala no debe contarse como parte del término de detención preventiva de seis meses. Esa detención previa está sujeta a la garantía constitucional a un debido proceso de ley y no al límite para la detención preventiva dispuesta en el Art. II, Sec. 10 de la Constitución. Esta última disposición protege a un imputado que ha sido detenido preventivamente por no haber podido prestar fianza o porque le fue revocada. No procede el habeas corpus.

 

-2010 DTS 025 PUEBLO V. GUZMAN BAUTISTA 2010TSPR025 Derecho Penal, Art. 106 del Código Penal 2004 y los Artículos 5.04 y 5.15 de la Ley de Armas, No ha lugar a Solicitud de Paralización de Procedimientos y al Recurso de Certiorari. El imputado presentó una moción de desestimación al amparo de la Regla 64(n)(1) y (5) de Procedimiento Criminal, alegando que estuvo detenido por el estado por más de 30 días sin ser denunciado y sin una vista preliminar. El estado alegó que el imputado fue llevado al albergue de testigos, pues, alegadamente, en aquel momento se le iba ofrecer un pre-acuerdo para que accediera a ser testigo de cargo.

 

-2010 DTS 016 PUEBLO V. PAGAN MEDINA 2010TSPR016 Resumen Derecho Penal, Habeas Corpus, determinar el alcance de la llamada cláusula de “detención preventiva” derecho constitucional. El tiempo a excluirse del referido término máximo de detención preventiva se comenzará a contar a partir de la determinación por parte del juez de instancia de “base razonable” para creer que el acusado se encuentra mentalmente incapacitado.

 

-2010 DTS 005 PUEBLO V. PAGAN MEDINA 2010TSPR005 Derecho Penal, declararlo inimputable. Consideramos que este caso, a pesar de ser académico, es justiciable toda vez que versa sobre una controversia recurrente y capaz de evadir la revisión judicial.

 

Por: Hon. Enrique Silva Aviles y Lcdo. Juan M Díaz Rivera


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