2021 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2021


2021 DTS 120 IN RE: DESIGNACION DEL SECRETARIO DEL TRIBUNAL SUPREMO, 2021TSPR120

 

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

 

In re: Designación del Secretario del Tribunal Supremo

 

2021 TSPR 120

207 DPR ___, (2021)

207 D.P.R. ___, (2021)

2021 DTS 120, (2021)

Número del Caso:  EN-2021-05

Fecha: 9 de agosto de 2021

 

Materia: Designación-

Resumen: Resolución sobre Designación del Secretario del Tribunal Supremo con Voto de Conformidad y Votos particulares disidentes.

 

ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

 

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de agosto de 2021.

            El Lcdo. José I. Campos Pérez finaliza sus funciones como Secretario del Tribunal Supremo el 31 de agosto de 2021, en aras de emprender nuevos retos profesionales. En atención a su destacada labor, aprovechamos la ocasión para agradecerle por su excelente ejecución en los trabajos realizados en la Secretaría de este Tribunal.

A los fines de ejecutar las responsabilidades del cargo, según dispone la Regla 9 del Reglamento de este Tribunal, se designa al Lcdo. Javier O. Sepúlveda Rodríguez como Secretario del Tribunal. Este ejercerá las funciones propias del cargo y cualquier otra función que le asigne el Tribunal. La presente designación será efectiva el 1 de septiembre de 2021, tan pronto lleve a cabo el juramento de toma de posesión de su cargo.

Destacamos el sobresaliente trasfondo profesional y académico del letrado, al igual que su compromiso y disponibilidad para servir al pueblo de Puerto Rico nuevamente desde este Tribunal. En consideración a lo anterior, más allá de acentuar los logros y reconocimientos obtenidos por el letrado durante su formación académica subgraduada y graduada, queremos destacar el haber culminado una Maestría en Derecho (LL.M.) con énfasis en Formación Judicial de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico y en la cual obtuvo el premio por la calificación más alta y el mejor trabajo investigativo.

De manera similar, en el campo profesional destacamos su excelente ejecutoria como Oficial Jurídico de este Tribunal, específicamente sus valiosas aportaciones en la elaboración de jurisprudencia transcendental al desarrollo del derecho puertorriqueño. Asimismo, acentuamos su labor en el Proyecto Conjunto de Capacitación del Poder Judicial de la Federación en México y la Oficina internacional para el desarrollo de sistemas de procuración de justicia del Departamento de Justicia de Estados Unidos para la adopción e implementación de Reformas Constitucionales y el Sistema Acusatorio, en el cual varios miembros de esta Curia también fueron parte. En este esfuerzo y en las distintas tareas que ejecutó, realizó una labor encomiable. Particularmente, resaltamos su ejecutoria como Director de la Junta Editora y a su vez, autor de uno de los artículos que componen la obra literaria que acumuló estas experiencias, a saber, el Compendio sobre el Sistema Acusatorio: Experiencias Compartidas, E. Rivera García, et al. (Publicaciones Gaviota, 2018-2019).

Por otro lado, se despunta del robusto acervo profesional del licenciado Sepúlveda Rodríguez, su nominación y confirmación como Fiscal Auxiliar I del Departamento de Justicia y posteriormente, su designación como Subprocurador General de Puerto Rico. Sin lugar a dudas, la excelente trayectoria profesional y académica del letrado, lo distingue y lo posiciona como el próximo Secretario de este Tribunal.

Se instruye a la Secretaría notificar al Lcdo. Javier O. Sepúlveda Rodríguez.

 

Publíquese inmediatamente.

 

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo Interina. El Juez Asociado señor Rivera García emite un Voto de Conformidad a la cual se unen el Juez Asociado señor Martínez Torres, La Jueza Asociada señora Pabón Charneco y los Jueces Asociados señores Kolthoff Caraballo y Feliberti Cintrón. El Juez Asociado señor Estrella Martínez emite la siguiente expresión particular:

 

     “En la historia reciente de este Tribunal, habíamos logrado establecer la sana práctica de buscar el consenso al momento de ejercer nuestra facultad de nombramiento en aquellas instancias que requerían la intervención del Pleno. Ello, a pesar de la diversidad de visiones y criterios entre las distintas configuraciones de los miembros de este Foro. Así ocurrió con el Secretario saliente de este Tribunal, quien contó con un amplio respaldo en su confirmación luego de promoverse el diálogo individual y colegiado entre todos los componentes del Tribunal. Desafortunadamente, las designaciones a las Comisiones de Evaluación Judicial y de Disciplina Judicial realizadas durante este receso de verano no han exhibido tal grado de apertura.  Hoy, el modo en que desembocó la designación del nuevo Secretario de este Tribunal así lo confirma nuevamente.

 

     A mi juicio, no se deben obviar los mecanismos que resultaron exitosos en el reclutamiento previo de posiciones claves que le competen a todos los miembros del Pleno confirmar.  Su sustitución por otras estrategias y la falta de aspiración al grado máximo de discusión posible para que el nombramiento obtenga el mayor respaldo de los miembros del Pleno no propende a fortalecer la institución. Precisamente, el proceso que nos ocupa se definió por la ausencia de debate colegiado con respecto a la designación, de modo que pudiera garantizarse un diálogo sosegado, ecuánime y receptivo a las preocupaciones y las diferencias de opinión.

 

En el pasado, uno de los criterios que fue sopesado al momento de nombrar al anterior Secretario de este Tribunal fue el interés en realizar un esfuerzo colegiado para identificar recursos que gozaran del aval previo del Pleno y que hubieran ocupado posiciones de dirección administrativa, preferiblemente dentro del Poder Judicial.  Incluso, en la discusión del nombramiento del anterior Secretario, se observó el criterio de abstenernos de traer recursos que, si bien podían ser valiosos, provinieran de las ramas políticas. Traigo a la atención este enfoque objetivo para evidenciar que mi objeción al procedimiento realizado en esta ocasión no está basada en asuntos personales o en intereses particulares, sino en mi oposición a que se haya ignorado la posibilidad de evaluar, mediante una discusión colegiada, otros recursos dentro del Poder Judicial ya han gozado del aval de este Pleno, entre otros factores.

 

Nuestro Poder Judicial cuenta con una disponibilidad de recursos que no fueron considerados con el detenimiento que requiere la designación a un puesto de esta altura y, más importante aún, que reúnen los criterios objetivos de reclutamiento que sabiamente utilizamos en el pasado. Reitero que mi objeción no se trata de una preferencia particular personal, sino de ejercer nuestra potestad con la reflexión adecuada con respecto a los parámetros que satisfacen mejor el interés público y las necesidades de nuestro Tribunal.  A mi juicio, ese ejercicio no se satisface mediante una discusión interna del bloque mayoritario.  Hoy, se echaron por la borda unos parámetros que habíamos delineado para el cargo de Secretario del Tribunal. Ante la determinación mayoritaria, desde el disenso ejerceré mi juicio independiente teniendo como norte el interés público y colectivo, sin anteponer preferencias personales ni mucho menos descartar los criterios objetivos que deberían definir el mejor recurso en el servicio de la Rama.

 

En ese sentido, me reafirmo en que, según lo he hecho en ocasiones anteriores y lo haré a lo largo de mi servicio en este Tribunal, siempre estaré en posición de votar en conjunto con cualquier configuración entre los miembros de este Foro cuando la razón les acompañe.  Asimismo, mi compromiso de discrepar cuando sea necesario persiste con igual fortaleza. He ejercido mi rol de disidencia contra pasados Jueces Presidentes, contra la actual Jueza Presidenta y contra múltiples configuraciones mayoritarias, indistintamente de su composición.  Cuando cualquier configuración mayoritaria tenga la razón, me tendrán de aliado; pero cuando cualquier bloque mayoritario actúe erradamente, con igual respeto y firmeza disentiré, tal como he tenido que hacerlo en los nombramientos realizados durante este receso de verano.

 

Aprendamos de las tristes experiencias en otras esferas, como ha ocurrido en la Rama Legislativa, en que ejercicios precipitados, herméticos, aislados y poco participativos han privado a Puerto Rico de servidores públicos talentosos e idóneos para ocupar importantes posiciones.  Esas prácticas no deben reproducirse en la esfera judicial. La implantación de esos estilos es lo que realmente mina la credibilidad de las instituciones. La fiabilidad y la independencia judicial se debilitan cuando impera el uso de tales prácticas y entran en juego factores ajenos a los criterios objetivos rectores, los cuales, ciertamente, no promueven la discusión de las opciones disponibles de una forma colegiada y sosegada.

 

En fin, el trámite que ha caracterizado los nombramientos que ha emitido este Tribunal en las últimas semanas en nada abona a la estabilidad institucional y a la legitimidad del funcionario seleccionado. Lamento que, tal y como he advertido consecuentemente en mis expresiones a lo largo de este proceso, este Foro haya descartado prácticas exitosas de reclutamiento que promovían el esfuerzo concertado entre los miembros de este Tribunal. Por ello, me veo imposibilitado de avalar este curso de acción y a, una vez más, insistir en mi llamado a un acercamiento más comprensivo y cooperativo en el despliegue de funciones de este Tribunal. Ante la ausencia de una discusión colegiada en la que pudiéramos analizar los criterios esbozados y considerar de frente la totalidad de los  recursos  disponibles,  no puedo validar el curso de acción adoptado por la Mayoría. Por consiguiente, sólo me queda desearle éxito al Secretario entrante, quien contará con mi compromiso de colaboración continua en servicio del funcionamiento eficaz de este Tribunal.”

 

La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez y el Juez Asociado señor Colón Pérez emiten un Voto Particular Disidente.

 

                        Bettina Zeno González

            Secretaria del Tribunal Supremo Interina

 

Véase los siguientes Votos de Conformidad y Particulares Disidentes.

-Voto de Conformidad emitido por el Juez Asociado señor RIVERA GARCÍA al cual se une el Juez Asociado señor Martínez Torres, la Jueza Asociada señora PABÓN CHARNECO, el Juez Asociado señor KOLTHOFF CARABALLO y el Juez Asociado señor Feliberti Cintrón.

-Voto Particular Disidente emitido por la JUEZA PRESIDENTA ORONOZ RODRÍGUEZ.

-Voto Particular Disidente emitido por el Juez Asociado señor COLÓN PÉREZ. 

 

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