Derecho Laboral 2

Leyes de Puerto Rico y los Estados Unidos de América 


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-Puerto Rico (Leyes y Casos)

    
  • Jurisprudencia laboral del Tribunal Supremo (2005-Presente)
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  • Año 2009
  • -2009 DTS 055 RAMIREZ FERRER V. CONAGRA FOODS PUERTO RICO 2009TSPR055 Derecho Laboral, Reclamación por Despido Discriminatorio por genero y por edad. Carga de la prueba, la demandante cumplió con su carga probatoria inicial para activar la presunción establecida en el Art. 3 de la Ley Núm. 100, supra. Requisitos: Primero, la demandante presentó prueba del despido y del acto perjudicial al fijar la compensación de su trabajo, segundo, la demandante presentó prueba confiable que apuntaba a un despido injustificado, al igual que a una diferencia salarial respecto a sus compañeros de trabajo varones; y tercero, la demandante se sitúo dentro de una de las modalidades protegidas por la ley, a saber su sexo. El patrono no pudo rebatirla la presunción. En la compensación de “front pay” el TPI tomo el salario que recibió el varón contratado en sustitución de la demandante y no su salario al momento del despido por el cual fue discriminada.

  • -2009 DTS 045 VELEZ CORTES V. BAXTER HEALTCARE CORPORATION 2009TSPR045 Derecho Laboral, Despido Injustificado, Discrimen. El pago “voluntario” de una compensación especial intitulada “mesada” por Baxter a los empleados de la planta de Carolina cesanteados injustificadamente de ninguna manera se puede tomar como el pago de la compensación debida por la Ley de Indemnización por despido injustificado en Puerto Rico. Se confirma el Tribunal de Apelaciones por estar igualmente dividido. Vease Sentencia del Tribunal de Apelaciones y opiniones de conformidad y disidente.

  • -2009 DTS 041 GUARDIOLA ALVAREZ V. DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA 2009TSPR041 Resumen Derecho Laboral, Procedimiento Especiales. El Tribunal resuelve que bajo la Ley Núm. 44 de 1985, procede que el Estado responda por una suma igual al doble del importe de los daños sufridos por el señor Guardiola Álvarez hasta el tope de $75,000.00 establecido por la Ley Núm. 104 de 1955.

  • -2009 DTS 022 OLMO NOLASCO V. DEL VALLE TORRUELLA 2009TSPR022 Resumen Derecho Laboral, Vacaciones (Ley Núm. 180). Una dama de compañía o dama acompañante es lo mismo que un empleado doméstico y por ello no tienen derecho a vacaciones pagas por la ley 180. La ley 180 excluye a los empleados domésticos. El término abarca personas que realizan funciones de cocinero(a), camareros(as), mayordomos, sirvientes, ama(o) de llaves, institutriz, niñeras, porteros, conserjes, lavado y/o planchado de ropa, guardianes, jardineros, servicios de compañía, entre otros. Se revoca a TA al aplicar la norma deferencial hacia las agencias administrativas que resolvió lo contrario.

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  • Año 2008
  • -2008 DTS 164 VIZCARRONDO MORALES V. MVM, INC, 2008TSPR164 Resumen Derecho Laboral, Despido Injustificado, Un tribunal no tiene discreción para negarse a anotarle la rebeldía a un patrono que no contestó una querella laboral dentro del término correspondiente, ni presentó una solicitud de prórroga juramentada a esos efectos, conforme a lo establecido en el procedimiento sumario para ventilar querellas laborales dispuesto en la Ley Núm. 2 de 17 de octubre de 1961, 32 L.P.R.A. sec. 3118 et seq.

  • -2008 DTS 114 GARCIA PEREZ V. ESPECIALIZADOS PARA LA MUJER 2008TSPR114 Resumen Derecho Laboral, Discrimen por Embarazo; Daños y Perjuicios, Prescripción y solidaridad. No esta  prescrita porque en la demanda inicial los actos discriminatorios que culminaron en su despido comenzaron cuando González Torres advino en conocimiento de su estado de embarazo. García Pérez identificó a González Torres como la principal partícipe en los actos discriminatorios llevados a cabo en su contra. De modo que erró el foro apelativo al resolver que en la demanda inicial no se hizo alegación alguna contra González Torres más allá de aquellas relativas a su rol como Presidenta de la Corporación.

  • -2008 DTS 104 UNION GENERAL V. HOSPITAL INTER-AMERICANO 2008TSPR104 Derecho laboral, Reclamación de Salarios, Tribunal por estar dividido confirma la Sentencia del Tribunal de  Apelaciones. La Unión General de Trabajadores no tiene legitimación activa para instar la reclamación de salarios en representación de sus miembros, determinó que resultaba procedente conceder un término de treinta días a dicha parte para unir al pleito a los empleados unionados; ello a tenor con las disposiciones de la Regla 15.1 de Procedimiento Civil.

  • -2008 DTS 098 RIVERA GONZALEZ V. PR RETAIL STORE 2008TSPR098 Derecho Laboral, Despido Injustificado, No ha lugar el certiorari.  Se concluye que la presunción establecida por la Regla 16(24) de Evidencia, una declaración jurada del abogado de la peticionaria, a los efectos de que nunca recibió dicha notificación, no es suficiente para rebatir la presunción establecida por dicha disposición reglamentaria. Vease Opinión Disidente.

  • -2008 DTS 073 MORALES BENGOCHOA V. BANCO POPULAR 2008TSPR073 Derecho Laboral, Despido Ilegal, Daños y Perjuicios.  Se confirma sobre ley  45 y Art. 1802.  En lo que respecta al despido discriminatorio conforme a las leyes Núm. 44, y la Ley ADA, revocamos la determinación del foro intermedio apelativo y confirmamos la decisión del Tribunal de Primera Instancia. De este modo, concedemos los remedios disponibles al amparo de la Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959.  Esto es, el doble de los salarios dejados de percibir, aumentos y beneficios marginales, luego de deducir cualquier suma que el trabajador hubiera percibido por su trabajo en ese período con otros patronos.

  • -2008 DTS 072 ARROYO CAMACHO V. LA SUCN DE ANGEL JOGLAR 2008TSPR072 Derecho Laboral,  Reclamación de Salarios y otros, Procedimiento Sumario, ley 2, 1961. El Tribunal Supremo revoca al Tribunal de Apelaciones y devuelve el caso al Tribunal de Instancia.  Determinó que el caso dejó de  ser un caso por la vía sumaria y se convirtió en uno ordinario por las cantidades de reclamaciones hechas.

  • -2008 DTS 059 ARCE BUCETTA V. MOTOROLA ELECRONICA 2008TSPR059 Resumen Derecho Laboral, Reclamación de Salarios, término prescriptivo de 3 años, concluir que una reclamación al amparo del Artículo 13, Ley 379 de 1948, interrumpe el término prescriptivo, necesariamente implica que dicho plazo, en este caso el de tres años, comenzará a transcurrir nuevamente a partir del acto interruptor, a saber, la reclamación inicial. La fijación de una fecha límite para la acumulación de demandantes derrotaría el propósito de la interrupción del término prescriptivo. Tal razonamiento sólo sería acertado si la presentación de la reclamación inicial no tuviere un efecto interruptor. Vease norma de Rodríguez Rosado v. Syntex, 160 D.P.R. 364 (2003).

  • -2008 DTS 023 DEPARTAMENTO DE ESTADO V. UNION GENERAL DE TRABAJADORES 2008TSPR023 Resumen Derecho Laboral, Determinación sobre Unidades Apropiadas, Las controversias principales son las definiciones de “empleado confidencial” y “supervisor” contenidas en la Ley Núm. 45 de 25 de febrero de 1998.  Se confirma a los efectos de sostener la interpretación del concepto “supervisor” hecha por la Comisión y revocar en parte en cuanto a la interpretación de “empleado confidencial.”

  • -2008 DTS 020 MESTRES DOSAL V. DOSAL ESCANDON 2008TSPR020 Resumen Derecho Laboral, Despido Injustificado. En una reclamación de discrimen por razón de edad instada bajo la Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959, según enmendada, 29 L.P.R.A. secs. 146-151, (Ley Núm. 100) un reclamante despedido luego de haber cumplido los 65 años, puede recuperar una partida en concepto de daños por ingresos dejados de percibir.

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  • Año 2007
  • -2007 DTS 193 ORIENTAL FINANCIAL V. NIEVES 2007TSPR193 Resumen Derecho Laboral, Contratos de empleo con cláusula de penalidad, Cobro de Dinero, las cláusulas de reembolso son válidas en la medida en que éstas pretendan recuperar los costes reales -–directos e indirectos-- incurridos por el patrono en el adiestramiento o educación especializada ofrecida al empleado, quien carece de tal conocimiento o de experiencia.  La inversión del patrono ha de ser considerable,  determinación que se hará caso a caso.  Además, el término pactado debe ser moderado y debe existir una correlación entre los costes incurridos y el término impuesto.  Finalmente, el acuerdo de reembolso deberá constar por escrito.

  • -2007 DTS 131 RIVERA HERNANDEZ V. COMTEC COMMUNICATION 2007TSPR131 Resumen Derecho Laboral, Procedimiento Civil, Reglas 15.3 y 51.7, Reclamación de Compensación por Despido Injustificado y discrimen. Responde solidariamente los dueños de la firma COMTEC COMMUNICATION, demandada, aún cuando esta no era una figura jurídica. Establecido que existía responsabilidad solidaria con respecto a los tres integrantes de COMTEC que fueron co-causantes de los daños sufridos por la recurrida, y que éstos quedaron demandados en virtud de lo dispuesto en la Regla 15.3 y emplazados a través de su socio y co-deudor solidario Monzón.

  • -2007 DTS 111 ALBINO AGOSTO V. ANGEL MARTINEZ, INC. 2007TSPR111 Derecho Laboral, Hostigamiento Sexual, la obligación patronal de tomar medidas inmediatas y apropiadas al conocer que entre sus empleados han ocurrido actos de hostigamiento sexual. Resolvemos que las medidas adoptadas por el patrono no fueron suficientes para liberarlo de responsabilidad frente a la recurrida. La conducta creó un ambiente laboral hostil, intimidante y ofensivo que tuvo el efecto de interferir irrazonablemente con el desempeño de la empleada en su taller de trabajo.

  • -2007 DTS 100 ADVENTIST HEALTH V. MERCADO ORTIZ 2007TSPR100 Resumen Derecho Laboral, Reclamación por Despido Injustificado. El empleado no tiene derecho a que se les tomen en cuenta –para efectos del cómputo de la mesada- los años de servicio prestados en el Departamento de Salud del Estado Libre Asociado antes de la privatización.

  • -2007 DTS 086 VAZQUEZ CINTRON V. BANCO DE DESARROLLO ECONOMICO 2007TSPR086 Resumen Derecho Laboral y Derecho Administrativo, Revisión Administrativa, Destitución del cargo por justa causa por conflicto de intereses y otros. La destitución de la recurrida medió justa causa y se revoca la Sentencia del Tribunal de Apelaciones que dispuso lo contrario.

  • -2007 DTS 083 PUEBLO V. FIGUEROA JARAMILLO 2007TSPR083 Derecho Penal, Agresión Agravada. No está eximido de responsabilidad penal un líder sindical que, en ocasión de un piquete obrero y bajo el argumento de que actuó en “defensa del espacio de protesta y su efectividad”, empujó fuertemente a un oficial de seguridad del patrono que intentaba salir de la localidad gubernamental objeto del piquete. Revocada por sentencia.

  • -2007 DTS 082 TORRES QUINTERO V. PFIZER PHARMACEUTICALS 2007TSPR082 Derecho Laboral, Reclamación de Salarios, los  referidos  empleados  pueden reclamar los salarios debidos  y  no  pagados  por  los  tres  (3)  años anteriores a la presentación de la demanda.

  • -2007 DTS 062 MIRANDA AYALA V. HOSPITAL SAN PABLO 2007TSPR062 Derecho Laboral, Discrimen en el Empleo y/o Despido Injustificado, procede el despido justificado, se confirma por sentencia.

  • -2007 DTS 047 AEE V. UNION DE TRABAJADORES (UTIER) 2007TSPR047 Resumen Derecho Laboral, Obrero-patronal, Impugnación de Laudo Obrero-Patronal. Los árbitros no podrán desestimar sumariamente las querellas sobre mejoras extraordinarias. Tendrán que recibir prueba a los efectos de determinar si constituyen propiamente una controversia sobre invasión de unidad apropiada, o si son sobre clarificación de la misma. Una vez recibida la prueba, y de acuerdo con lo aquí resuelto, los árbitros decidirán si tienen o no jurisdicción para evaluar la controversia.

  • 2007 DTS 042 ROSARIO SANCHEZ V. JIMENEZ VELAZQUEZ 2007TSPR042 Derecho Laboral, Injuction, Despido por razones políticas, Daños y Perjuicios y Derechos Civiles, los demandantes eran empleados de confianza por lo que no tenían un interés propietario sobre su puesto.  La sentencia concluyó que la autoridad nominadora actuó políticamente al despedirlos de sus puestos en violación a sus derechos a la libre asociación y a la protección de sus ideas políticas.

  • -2007 DTS 035 CORPORACION DEL FONDO V. UNION DE MEDICOS 2007TSPR035 Resumen Derecho Laboral, Impugnación de Laudo Obrero Patronal, el acto de pagar a los empleados y a los funcionarios unos días que no han sido trabajados o cargados a la licencia de vacaciones, cuando dicho cargo haya sido decretado por el Gobernador de Puerto Rico, constituye una regalía y, por ende, un desembolso de fondos públicos contrario a la ley. Revocada y Anular el laudo del Comité de Querellas.

  • 2007 DTS 029 GARCIA BURGOS V. AEE 2007TSPR029 Derecho Laboral, Procedimiento Sumario. Pago de Indemnización por Despido Injustificado. Por empate el TS se confirma la decisión del TA. Se devuelve para que el TPI determine las cuantías a que tiene derecho el recurrido por concepto de mesada y honorarios de abogado.

  • 2007 DTS 021 UMPIERRE BIASCOECHEA V. BANCO POPULAR 2007TSPR021 Derecho Laboral, Hostigamiento sexual en su modalidad de ambiente hostil, Daños y Perjuicios, Prescripción, el término prescriptivo en el caso de autos se interrumpió cuando la recurrida, acudió a la Corporación del Fondo de Seguro del Estado  a recibir tratamiento médico por motivo de unas alegadas presiones a las que la sometía su supervisor.  Y que el mismo comenzó a transcurrir nuevamente a partir de la resolución final de dicha agencia.

  • 2007 DTS 019 RIVERA PRUDENCIO V. MUNICIPIO DE SAN JUAN 2007TSPR019 Resumen Derecho Laboral, Acción Civil, La Ley de Represalias protege a empleados municipales y al testimonio que presten ante un foro administrativo municipal. La intención del legislador fue proteger a todo empleado por expresiones vertidas en cualquier foro administrativo sin excepción de persona y sin exceptuar aquellos foros administrativos creados mediante ordenanza municipal que no estuviesen cubiertos por la LPAU. El Tribunal de Primera Instancia posee jurisdicción sobre la materia y la determinación de que procede dar por admitidos los requerimientos de admisiones que fueron cursados al Municipio de San Juan.

  • 2007 DTS 013 JIMENEZ MARRERO V. GENERAL INSTRUMENTS 2007TSPR013 Resumen Derecho Laboral, Reclamación de Salario por horas extras y vacaciones. Por la Ley 180, el o los empleados afectados por un fraccionamiento unilateral de vacaciones por parte del patrono, así como el Secretario del Trabajo, motu proprio o a instancia de éstos, podrán presentar las correspondientes denuncias criminales.  Adviértase que el artículo 10 de la concernida pieza legislativa consagra la facultad del Secretario del Trabajo para instar recursos de injunctions y cualesquiera otros que fuesen necesarios para hacer efectivos los términos de la ley. Se revoca la condena a General Instruments a pagar el tiempo triple las horas trabajadas durante séptimos días que coinciden con horas extras semanales y aquella que ordena pagar nuevamente a uno de los demandantes los días de licencia de vacaciones disfrutados.

  • 2006 DTS 003 CRUZ GONZALEZ V. PEP BOYS 2007TSPR003 Derecho Laboral, Ley 2, Proc. Sumario, Salarios; Ley 45 del Fondo del Seguro del Estado Art. 5-A, Daños y Perjuicios Ley 80, Despido Injustificado

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  • Año 2006
  • -2006 DTS 162 FREIRE AYALA V. VISTA RENTA TO OWN 2006TSPR162 Resumen Derecho Laboral, Discrimen por razón de edad, horas extras y periodos de tomar alimentos trabajados. Empleado exento y la validez de una cláusula contractual mediante la cual un empleado exento acuerda con su patrono limitar su jornada de trabajo. Es norma de derecho que en el ámbito de la contratación laboral lo que no está permitido es que un empleado contrate con su patrono, individual o colectivamente, condiciones de trabajo inferiores a las mínimas establecidas en la legislación protectora del trabajo. El Tribunal puntualizó que cualquier disposición contractual con tal alcance es nula e ineficaz en derecho por ser contraria a la ley, a la moral y al orden público. El Tribunal determinó que habiendo una genuina controversia sobre hechos materiales y esenciales, sobre si se incumplió o no el contrato de empleo suscrito por las partes, se hace necesario concederle a éstas la oportunidad de presentar prueba en un juicio plenario. No procede la Sentencia Sumaria parcial. La responsabilidad del deudor de buena fe está limitada a los daños y perjuicios previstos o que se hayan podido prever al tiempo de constituirse la obligación y que sean consecuencia necesaria de su falta de cumplimiento.  Por otro lado, hemos resuelto que, de ordinario, no procede un reclamo de angustias y daños mentales en acciones de incumplimiento contractual.

  • -2006 DTS 153 DIAZ HERNANEZ V. PNEUMATICS & HYDRAULICS 2006TSPR153 Resumen Derecho Laboral, Despido ilegal bajo las disposiciones del Art. 16 de la Ley de Seguro Social para Chóferes y otros empleados,  Reclamación de Salarios, daños y perjuicios y lucro cesante y otros (Procedimiento Sumario). El patrono que incumple con las disposiciones del Artículo 16 de la Ley de Seguro Social para Choferes está sujeto a compensar todos los daños sufridos por el trabajador afectado por el incumplimiento, lo que incluye angustias mentales.

  • -2006 DTS 150 CABRERA V. ZEN SPA 2006TSPR150 Derecho Laboral, Procedimiento sumario, Despido Injustificado, termino para contestar y anotación de rebeldía. Sentencia, confirma la sentencia recurrida de TA de separar algunas causas de acciones por la vía ordinaria y la modifica sólo a los efectos de ordenar la celebración de una vista en rebeldía en la que se presente la prueba que sea necesaria para realizar los cálculos pertinentes a los remedios solicitados.

  • -2006 DTS 146 DIAZ ARROYO V. HOSPITAL DR. SUSONI 2006TSPR146 Derecho Laboral, Jurisdicción, Daños y Perjuicios, Art. 1802 Código Civil, 1930, Los Tribunales de Puerto Rico no tienen jurisdicción para atender una reclamación en daños bajo el Artículo 1802 del Código Civil instada por los familiares de una persona que, alegadamente, fue despedida de su empleo a causa de sus actividades sindicales y por lo cual había presentado ya una reclamación ante la Junta Nacional de Relaciones del Trabajo. En la agencia las partes llegaron a un acuerdo sin que el patrono admitiera culpa. Sentencia.

  • -2006 DTS 145 AGUAYO POMALES V. R & G MORTGAGE CORP 2006TSPR145 Resumen Derecho Laboral, Despido Injustificado, Procedimiento Sumario de la Ley Núm. 2 de 1961, Regla 43.3 Procedimiento Civil y Jurisdicción. Se interrumpe el término de apelar una moción solicitando determinaciones de hechos y de derecho adicionales denegado por el tribunal.

  • -2006 DTS 144 HERMANDAD INDEPENDIENTE V. CELULARES TELEFONICA 200TSPR144 Derecho laboral, Derecho de Arbitraje, Despido Injustificado. Un árbitro puede conceder más derechos y beneficios que la Ley de Despido Injustificado, ley 80. Revoca la sentencia y se ordena la reposición del empleado a su puesto en Celulares Telefónica con el pago de los haberes dejados de devengar, según lo estableció el laudo de arbitraje.

  • -2006 DTS 142 HERNANDEZ VELEZ V. TELEVICENTRO DE PUERTO RICO 2006TSPR142 Resumen Derecho Laboral, Derecho civil, Daños y Perjuicios, Hostigamiento Sexual contra el patrono. El Supremo concluye que Televicentro no tenía razón de peso alguna para prever que Vélez era capaz de cometer actos como los que se le imputan haber cometido. Únicamente existe, en su récord de empleado, un incidente aislado --el de la empleada maquillista-- el cual, examinado en su justa perspectiva, no es suficiente para poner sobre aviso a una empresa sobre la posible comisión de actos futuros de hostigamiento sexual por parte de ese empleado. No procede imponerle responsabilidad --ni vicaria ni por omisión-- a la codemandada Televicentro.

  • -2006 DTS 134 UNION GENERAL V. CORPORACION DE PUERTO RICO 2006TSPR134 Resumen Derecho Laboral, Derecho de arbitraje, Revisión Judicial de Laudo de Arbitraje. La reclamación de la unión se instó fuera del término dispuesto en el Convenio Colectivo por lo que no era arbitrable procesalmente.  No procede el planteamiento de la unión de que el agravio o violación al convenio era de carácter continuo por lo que el referido término no se había inflingido. 

  • -2006 DTS 088 CAMACHO TORRES V. ADMINISTRACION 2006TSPR088  Resumen Derecho Laboral, Derecho administrativo, Revisión procedente de la Junta de Apelaciones del Sistema de Administración de Personal (JASAP), Fue objeto de discrimen político, pero el peticionario no tenía derecho a reinstalación en un puesto de carrera en AAFET y que su nombramiento al mismo fue nulo. Este ocupaba dicho puesto de forma ilegal al no tener derecho a la reinstalación. No podemos refrendar la teoría de que la acción ilegal de la agencia al reinstalar a Camacho  Torres en un puesto de carrera cuando no tenía derecho a ello, pueda ser fuente para reconocer derechos allí donde no los hay.

  • -2006DTS064 ORTIZ LOPEZ V. MUNICIPIO DE SAN JUAN 2006TSPR064 Resumen Derecho Laboral, Derecho Administrativo, Revisión Administrativa, el Alcalde no podía subdelegar al Comisionado de la Policía Municipal la facultad para imponer medidas disciplinarias a aquellos policías municipales que incurrieran en faltas graves, a la luz del ordenamiento jurídico vigente al momento de dicha delegación. Confirma la decisión de CIPA.

    -2006 DTS 063 MALAVE SERRANO V. ORIENTAL BANK & TRUST 2006TSPR063 Resumen Derecho Laboral, Procede despido constructivo, Termino de administrador según Reglamento 13, Procede el pago de horas extras y mesada por despido injustificado.  El foro primario actuó correctamente al ordenar la imposición de intereses posteriores a la sentencia que ordenó el pago del dinero adeudado.

  • -2006 DTS 056 RODRIGUEZ OQUENDO V. PETRIE RETAIL 2006TSPR056 Resumen Derecho Laboral, Despido Injustificado, Doctrina del patrono sucesor. La venta de activos “libres de gravámenes” (free of liens) bajo un procedimiento federal de quiebras no exceptúa la aplicación de la doctrina de patrono sucesor a una reclamación por despido injustificado.

  • -2006 DTS 027 SANCHEZ ISAAC V. SYLVANIA LIGHTING 2006TSPR027 Resumen Derecho Laboral, Reclamación de Salarios, Es obligatoria la imposición de costas que surge del Art. 13 de la Ley de Horas y Días de Trabajo, Ley Núm. 379 de 15 de mayo de 1948

  • -2006 DTS 002 GONZALEZ NATAL V. MERCK SHARP & DOHME 2006TSPR002 Resumen Derecho Laboral, Reclamación de Salarios, Término Prescriptivo, Ley de Salario Mínimo, Vacaciones y Licencia por Enfermedad de Puerto Rico. Se limita la reclamación de los demandantes a los salarios devengados y no pagados por los últimos tres años, contados a partir de la radicación de la demanda, para los demandantes que continúan trabajando para el patrono; y a partir de la cesación en el empleo, para los que hubiesen cesado de trabajar en éste. Todas las reclamaciones de salarios anteriores a esas fechas se desestiman.

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  • Año 2005

  • -2005 DTS 197 LOPEZ COLON V. MIRANDA MARIN, ALCALDE 2005TSPR197 Resumen Derecho Laboral, años y perjuicios, Sentencia Sumaria y Discrimen Político, este es un caso claro en que no hay controversia de hechos, el discrimen político, por lo que estaban presentes las condiciones apropiadas para resolverlo por la vía sumaria.

  • -2005 DTS 184 VELEZ CORTES V. BAXTER HEALHCARE CORP 2005TSPR184 Derecho Laboral, Daños y Perjuicios; Despido Injustificado; Discrimen por Razón de Edad. Cierre de una Planta de Manufactura. El tribunal determina que no fue un verdadero cierre a tenor con lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976

  • -2005 DTS 161 VILLANUEVA APONTE V. UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO 2005TSPR161 Derecho Laboral, Reclamación de Salarios y horas de alimentos, No ha lugar, Se establece a los empleados públicos un período de retroactividad de tres años, relativo el mismo a la reclamación de salarios no devengados, ello a base de la improcedente aplicación, por analogía, de la Ley de Salario Mínimo, Vacaciones y Licencia por Enfermedad de Puerto Rico. Vease opinión disidente.

  • -2005 DTS 113 ROSADO CORTES V. AUTORIDAD DE ENERGIA ELECTRICA 2005TSPR113 Resumen Derecho Laboral, Procedimiento Administrativo, Formulación de Cargos, Jurisdicción, erró el antiguo Tribunal de Circuito de Apelaciones al concluir que la determinación del Oficial Examinador como parte del procedimiento disciplinario aplicable al señor Tosado Cortés no era la decisión final de la AEE, razón por la cual no tenían jurisdicción para entender en el recurso de autos.

  • -2005 DTS 086 SANTANA V. GOBERNADORA SILA CALDERON 2005TSPR086 Resumen DerechoLaobral, Derecho Constitucional, Certificación Interjurisdiccional del Tribunal Federal, Demanda por destitución de parte de la Gobernadora sin el debido proceso de ley a una Directora Ejecutiva de un Consejo. El Tribunal señala que la demandada no era una empleada de carrera, conforme a la “Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico”, por lo que no disfrutaba de la protección que esa ley le reconoce a ese tipo de empleados.

  • -2005 DTS 033 GUZMAN VARGAS V. HON. SILA M CALDERON, GOBERNADORA 2005TSPR033 Resumen Derecho Laboral, Derecho Constitucional, Certificación Interjurisdiccional, Poder Ejecutivo, El requisito de justa causa para la destitución por el(la) Gobernador(a) de un miembro de la Junta de Directores de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, contemplado en la ley orgánica de la referida corporación, no infringe las facultades constitucionales que tiene el(la) Gobernador(a) de remover funcionarios públicos.

  • -2005 DTS 010 DIAZ MEDINA V. TRANSPORTE CANCEL 2005TSPR010 Daños y Perjuicios, Transacción entre un obrero lesionado en el empleo y el tercero responsable del accidente. La transacción extrajudicial es nula e inoficiosa por violar el art. 31 de la Ley del Sistema de Compensaciones.  

  • -2005 DTS 004 OCASIÓN MENDEZ V. KELLY SERVICES 2005TSPR004 Resumen Derecho Laboral, Despido Ilegal, F.S.E. y Represalias, Ley Núm. 2 de 1961, Ley de Procedimiento Sumario, Ley Núm. 26 de 1992, Ley de Compañías de Servicios Temporeros. Procede dictar sentencia en rebeldía si el patrono no responde dentro de los 10 días, (respondió a los 37 días) siempre y cuando las alegaciones en la demanda estén conforme a derecho.

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  • Leyes, Reglamentos y Enmiendas de Puerto Rico
  • Leyes, Reglamentos y Enmiendas de USA.

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